MUNICIPALIDAD
DE NARANJO
(Esta norma fue derogada por el artículo 13
del Reglamento de modificaciones presupuestarias, aprobado mediante sesión N°
56 del 18 de diciembre del 2024)
Aprobado
por medio del acuerdo SO-27-492-2010, de la sesión ordinaria Nº 27 del 5 de
julio del 2010, la Municipalidad de Naranjo,
Considerando:
1º-Que el artículo
4º, inciso a) del Código Municipal Ley Nº 7794, establece que la Municipalidad
posee la autonomía política, administrativa y financiera, que le confiere la
Constitución Política. Dentro de sus atribuciones se incluye; a) Dictar los
reglamentos autónomos de organización y de servicio, así como cualquier otra
disposición que autorice el ordenamiento jurídico.
2º-Que el
Reglamento sobre variaciones al presupuesto de los entes y órganos públicos,
municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y sujetos
privados. R-1-2006-CO-DFOE de la Contraloría General de la República, publicado
en La Gaceta Nº 170 del martes 5 de setiembre del 2006, establece en su
artículo 14 que corresponde al Jerarca establecer los mecanismos y
procedimientos formales que estime conveniente previos al trámite interno de
formulación y aprobación de las modificaciones presupuestarias.
3º-Con fundamento
en lo expuesto es necesario reglamentar las modificaciones presupuestarias de
la institución a fin de establecer los requisitos, procedimientos y condiciones
que regirán para dichos ajustes presupuestarios, de conformidad con el modelo
de gestión pública que el actual entorno exige,
Por lo tanto;
resuelve, emitir el siguiente Reglamento:
REGLAMENTO DE
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
DE LA
MUNICIPALIDAD DE NARANJO
Artículo 1º-Para
los efectos de este Reglamento se entiende por:
1. Jerarca Institucional: El Concejo
Municipal.
2. Comisión de Hacienda y Presupuesto: La
que fue nombrada por el Presidente, de conformidad con el artículo 49 de la Ley
Nº 7794, Código Municipal, mediante el Acuerdo SE-11-224-2010 de la Sesión
Extraordinaria del día 05 de Mayo de 2010.
3. Jerarca Administrativo o administrador
General: El Alcalde Municipal.
4. Direcciones: Dirección Financiera-
Tributaria, Dirección Administrativa y de Planificación y Dirección de Gestión
Urbana.
5. Unidad administrativa: Departamento,
servicio u oficina de la Municipalidad de Naranjo.
6. Modificaciones presupuestarias. Es toda
aquella variación que se realice en los egresos presupuestados y que tenga por
objeto disminuir o aumentar los diferentes conceptos de estos o incorporar
otros que no habían sido considerados, sin que se altere el monto global del
presupuesto aprobado.