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 Normativa >> Reglamento municipal 16 >> Fecha 21/04/2010 >> Articulo 9
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Normativa - Reglamento municipal 16 - Articulo 9
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Artículo 9    (No vigente*)
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Artículo 9º—En los depósitos, envases o bolsas destinados al almacenamiento de la basura doméstica no deberán colocarse:

*   Explosivos y materiales carburantes.

*   Objetos y desperdicios que excedan de la capacidad del recipiente o la bolsa indicada.

*   Excrementos, animales muertos, desperdicios en putrefacción y materiales orgánicas, susceptibles de descomposición inmediata.

*   Tierras y residuos de materiales de construcción.

*   Restos de implementos tales como vendas, telas, algodón etc., utilizados en el tratamiento de personas afectadas por enfermedades contagiosas. En estos casos se dará aviso a la Oficina de Sanidad correspondiente y de común acuerdo tomaran las previsiones a que hubiere lugar.

*   Cualesquiera otras basuras que constituyan peligro inminente tanto para el personal recolector como para la salubridad pública en general.

Materia imponible: La tasa es una carga pública determinada por el costo del servicio prestado al beneficiario de esta, es decir, que la misma será determinada por la prestación cumplida o potencial, brindada por la Municipalidad de Osa para la recolección de y tratamiento de los desechos sólidos.

Cada beneficiario del servicio de recolección de desechos sólidos, debe comunicar a la Municipalidad, el traspaso o segregación de los inmuebles, a fin de poder actualizar los registros de beneficiarios que lleva al efecto dicha institución.

De conformidad con el artículo 70 del Código Municipal, la morosidad por concepto de tributos municipales, constituye hipoteca de grado preferente sobre el inmueble.

Las personas físicas o jurídicas que se ocupen de la recuperación, aprovechamiento, comercio o industrialización de tales materias, deberán solicitar permiso a la autoridad de salud y esta podrá otorgarlo cuando se compruebe que los trabajos de selección, recolección y aprovechamiento de los desechos y residuos no impliquen peligro de contaminación del ambiente o riegos para la salud de las personas que trabajan en tales faenas o de terceros.


 

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