Artículo
19.-De
la divulgación y publicación de la información de los candidatos y de los
programas de gobierno. El programa de gobierno de los partidos políticos que
participen en la elección presidencial con candidaturas inscritas, así como la
biografía y fotografías de las personas que se inscriban como candidatas a los
cargos de la presidencia y vicepresidencias de la República y diputaciones a la
Asamblea Legislativa, se publicará en la página web del Tribunal Supremo de
Elecciones y en las aplicaciones dispuestas para esos fines. Transcurrido el
plazo para la presentación de candidaturas esta información no podrá ser
modificada.
(Así adicionado por el artículo 2° del decreto del Tribunal Supremo de
Elecciones, N° 11 del 21 de setiembre de 2021)
(Así reformado por el artículo 1°
del decreto del Tribunal Supremo de Elecciones, N° 14-2025 del 18 de julio del
2025)
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