Artículo 19.- De la divulgación y
publicación de la información de los candidatos y de los programas de gobierno. El programa de gobierno de los
partidos políticos que participen en la elección presidencial con candidaturas
inscritas, así como la biografía y fotografías de las personas que se inscriban
como candidatos a los cargos de la presidencia y vicepresidencia de la
República y diputaciones a la Asamblea Legislativa, se publicará en la página
web del Tribunal Supremo de Elecciones y en las aplicaciones dispuestas para
esos fines.
(Así
adicionado por el artículo 2° del decreto del Tribunal Supremo de Elecciones,
N° 11 del 21 de setiembre de 2021)
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