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 Normativa >> Decreto TSE 09 >> Fecha 28/06/2010 >> Articulo 32
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Normativa - Decreto TSE 09 - Articulo 32
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Artículo 32
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Artículo 32.-Diseño individual de las diferentes papeletas. Finalizado el sorteo, se preparará un diseño específico de las diferentes papeletas, el cual será mostrado a los presentes utilizando los medios disponibles que permitan visualizar la posición obtenida por cada partido.

(Así modificada su numeración por el artículo 2° del decreto del Tribunal Supremo de Elecciones, N° 11 del 21 de setiembre de 2021, que lo traspaso del antiguo artículo 27 al 32)

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