Artículo
2º—Modifíquese el artículo 4º del Decreto Ejecutivo Nº 34739-COMEX-H del 29 de
agosto de 2008, publicado en el Alcance Nº 35 al Diario Oficial La Gaceta
Nº 181 del 19 de setiembre de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen
de Zonas Francas, para que las definiciones que se indican a continuación se
lean de la siguiente manera:
“Ley Nº 7210 y sus
reformas o Ley: la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de
noviembre de 1990 y sus reformas.”
“Declaración
Aduanera: declaración realizada mediante transmisión electrónica de datos
que respaldará todo ingreso, salida y movilización de materias, mercancías,
maquinaria y equipo desde y hacia el Régimen de Zonas Francas.”
“Deshabilitación
de áreas: Es la disminución del área previamente autorizada para el
beneficiario, ya sea por reestructuración, cierre total de una de las
ubicaciones o reducción del área de una o más ubicaciones.”
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