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 Normativa >> Ley 8809 >> Fecha 28/04/2010 >> Articulo 5
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Normativa - Ley 8809 - Articulo 5
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Artículo 5
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ARTÍCULO 5.- Dirección del programa

La Dirección de CEN-Cinai estará a cargo de una persona directora nacional y una persona subdirectora, nombradas por el ministro de Salud, por un plazo de cuatro años y podrán ser reelegidas.

Ambos puestos estarán excluidos del Régimen de Servicio Civil y, por tanto, su asignación salarial será dada por la Autoridad Presupuestaria.


 

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