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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35828 >> Fecha 25/02/2010 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35828 - Articulo 2
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Artículo 2
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            Artículo 2º—Modifíquese el apartado 3.24, Ingrediente Activo, de la Sección 3. “Definiciones”, del artículo 2 del Decreto Ejecutivo N° 33495-MAG-S-MINAE-MEIC, del 31 de octubre de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 7 del 10 de enero de 2007, para que se lea de la siguiente manera:

“3.24     Ingrediente Activo: Para efectos de este reglamento se entenderá como entidad química.”


 

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