Artículo 5°: Apruébense los siguientes Egresos Ordinarios y
Extraordinarios de la Defensoría de los Habitantes de la República
Artículo 5°: Apruébense los siguientes Egresos Ordinarios
y Extraordinarios de la Defensoría de los Habitantes de la República, para el
Ejercicio Económico del 2010:
MISION INSTITUCIOHAL:
La Defensoría de los Habitantes de la República es la institución
responsable de proteger los derechos e intereses de las y los habitantes del
país frente a las acciones y omisiones del Sector Público y en el cumplimiento
de su mandato los divulgará y promocionará. Asimismo, velará porque el
funcionamiento del Sector Público se ajuste a la moral y la justicia.
VISION INSTITUCIONAL:
Seremos una institución fortalecida, dinámica y con credibilidad, regionalizada y accesible en el
ámbito nacional, que defenderá los derechos e intereses de las personas
contribuyendo al mejoramiento de la gestión del Sector Público.
PRIORIDADES INSTITUCIONALES:
1.Las y los habitantes de la República contarán con un servicio de
intereses que de forma ágil, oportuna frente a las acciones y omisiones del
2.Las y los habitantes contarán con información, conocimiento y
actitudes, acerca de sus derechos y deberes que les permitirán convertirse en
sus primeros defensores ante las acciones y
omisiones de las instituciones del Sector Público.
PROGRAMAS
PRESUPUESTARIOS
|
MONTO
|
%
|
DEFENSORÍA DE LOS
HABITANTES DE LA REPÚBLICA
|
3,634,000,000
|
100.00%
|
TOTALES
|
3.634.000.00
|
100.00%
|
OBJETIVOS ESTRATEGICOS INSTITUCIONALES:
1. Proteger los derechos e intereses de los y las habitantes mediante la
oportuna gestión, resolución e impacto de las diferentes formas de intervención
que se presentan con el fin de elevar el ejercicio pleno de sus derechos.
2. Promover una cultura de
respeto de derechos, mediante actividades formativas, informativas y divulga ti
vas de Derechos Humanos para que las personas los conozcan y se conviertan en
sus primeros defensores
INDICADORES DE RESULTADOS:
# Indicadores
|
|
Metas
|
|
|
2009
|
2010
|
2011
|
2012
|
2013
|
0.01.01 Porcentaje
de cierre del total de intervenciones por investigaciones de denuncias
recibidas de lo y las habitantes ante vulneraciones en los derechos humanos con
mas de un año de abiertas
80.00 85.00 90.00 90.00 90.00
|
0.01.02 Porcentaje
del total de intervenciones por Investigaciones por Denuncia (ID) recibidas
de los y las habitantes ante vulneraciones en los derechos humanos, que son
abiertas en un plazo máximo de tres días .
70.00 80.00 90.00 95.00 100.00
|
0.01.03 Porcentaje
del total de solicitudes de información requeridas por la Defensoría de los
Habitantes por primera vez ante los entes denunciados, que son interpuestos
en un plazo máximo de cinco días hábiles después de asignada la investigación
al (la) profesional de defensa.
75.00 80.00 90.00 100.00 100.00
|
0.01.04
Porcentaje
del total de actividades educativas programas en el año, que son impartidas
por la Defensoría de los Habitantes en derechos humanos a niños, niñas y
adolescentes de centros educativos públicos del país .
50.00
50.00
50.00
50.00 50.00
|
(NOTA: Por lo extenso de su contenido y tipo de
formato consultar el Alcance N° 52
a La Gaceta N° 254
del 31 de diciembre del 2009)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 35858 del 9 de marzo de 2010)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 36006 del 3 de mayo de 2010)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 36087 del 8 de julio de 2010)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° *36182 del 7 de setiembre de
2010)*(Mediante el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 36250 del 20 de
octubre de 2010, se modifica el numeral 1° del decreto ejecutivo N° 36182
del 7 de setiembre de 2010)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 36250 del 20 de octubre de
2010)
(Modificado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N°
36286 del 22 de noviembre de 2010)
|