Transitorio II
La Municipalidad Reglamentará lo
dispuesto en el Artículo 62 del Código Municipal, en su párrafo tercero, el
trámite que se dará a las personas que se encuentren en condición de extrema
pobreza o infortunio, para lo cual dispondrá de un plazo de 6 meses para su
elaboración, plazo que empezará a contar una vez que entre en vigencia el
presente reglamento.
Puntarenas, 03 de diciembre del 2009.
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