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 Normativa >> Reglamento municipal 335 >> Fecha 03/11/2009 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento municipal 335 - Articulo 2
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Artículo 2    Tipo: Transitorio    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1

            Transitorio II

 

            La Municipalidad Reglamentará lo dispuesto en el Artículo 62 del Código Municipal, en su párrafo tercero, el trámite que se dará a las personas que se encuentren en condición de extrema pobreza o infortunio, para lo cual dispondrá de un plazo de 6 meses para su elaboración, plazo que empezará a contar una vez que entre en vigencia el presente reglamento.

 

            Puntarenas, 03 de diciembre del 2009.

 

 

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