Artículo 8º—Del porcentaje del pago de premios y de la distribución de
la Bolsa de Premios del Juego Pega 1
Artículo 8º—Del porcentaje del pago de
premios y de la distribución de la Bolsa de Premios del Juego Pega 1
Inciso a): La Junta Directiva de la Junta establecerá el porcentaje de
pago de premios que corresponde al Juego Pega 1 y lo dará por informado en un
periódico de circulación nacional.
Inciso b): La bolsa de premios a repartir entre todos los jugadores que
seleccionaron el número favorecido en el Juego Pega 1, se determina al aplicar
el porcentaje de pago de premios al total de los ingresos recibidos por
concepto de ventas. A este monto se suma el remanente de los premios no
acertados en el sorteo anterior, si lo hubiere, para formar una bolsa total de
premios. La bolsa se distribuirá en proporción directa al importe de las
apuestas ganadoras del número favorecido. El factor a aplicar para el
reconocimiento de los premios, tendrá un máximo de 2 (dos) decimales.
En caso de que no se hayan recibido apuestas al número favorecido, la
bolsa total de premios se acumulará para el siguiente sorteo, quedando la bolsa
total de premios del siguiente sorteo compuesta por el porcentaje definido de
los ingresos por venta que genere ese sorteo más el importe de los premios no
acertados del sorteo anterior.
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