CAPÍTULO IV
Del pago de los premios
Artículo 17.—Pago de premios. Realizados los sorteos y
confeccionadas las actas respectivas, la Junta debe incluir los resultados en
los sistemas correspondientes, para determinar los ganadores y habilitar el
pago de premios respectivo.
Los canales autorizados pueden pagar premios
con un tope máximo que establecerá la Junta Directiva de la Junta y comunicado
en un periódico de circulación nacional.
Los montos de premios superiores a esa suma deben ser cambiados en la
Junta.
El pago de premios puede ser realizado
directamente en la Junta o en los Canales de Comercialización. El jugador debe
presentar, en el Canal donde realizó la apuesta, el comprobante de transacción
de venta y la identificación que lo acredite como realizador de la apuesta
(cédula de identidad, cédula de residencia o pasaporte).
En caso de extravió del comprobante de la
apuesta, el jugador deberá presentarse en las oficinas de la Junta con su
documento de identidad y deberá presentar una declaración jurada de que
adquirió la apuesta y que extravió el correspondiente comprobante, momento en
el cual, previo estudio y seguimiento, se procederá a hacerle efectivo el
premio.
El Canal debe entregar al jugador un
comprobante de transacción de pago de premios con al menos los siguientes
datos:
□ Número
de identificación (cédula de identidad, cédula de residencia o pasaporte) del
ganador del premio.
□ Monto
del premio en colones.
□ Número
ganador o Números ganadores, según sea de Pega 1 o Pega Millones.
□ Número
de Autorización de pago emitida por la Junta.
□ Fecha
del pago del premio.
□ Tipo
de sorteo.
□ Número
de sorteo.
□ Fecha
de sorteo.
□ Identificación
del Canal, la Agencia del Canal y el cajero que realizó el pago de premios.
La Junta podrá, previa autorización y registro de los jugadores o
clientes, realizar el pago de premios, utilizando medios electrónicos
automatizados propios o por medio del sistema Bancario Nacional, en cuyo caso,
posterior a la realización del sorteo y al correspondiente escrutinio y
determinación de los ganadores de cada sorteo, podrá proceder acreditar en las
cuentas bancarias registradas y domiciliadas por los clientes, los montos
correspondientes a los premios acertados.