Artículo 12
Artículo 12.—Fondo para premios del Juego
Pega Millones. Con el propósito de incentivar la venta de los juegos
electrónicos, por medio de la creación de una bolsa de premios atractiva, se
tomará del Fondo Acumulado para Premios Adicionales, una cantidad de hasta
¢25.000.000 (veinticinco millones de colones), para garantizar un premio total
por ese monto, que se distribuirá proporcionalmente entre las apuestas que
acierten los 6 números en el juego Pega Millones de la Lotería Electrónica.
Se entiende que cada vez que se acierte este
premio, se volverá a tomar del Fondo otro importe similar, para mantener el
interés en el juego y garantizar la permanencia del premio total por
¢25.000.000 (veinticinco millones de colones).
En el momento que la generación de ingresos
del juego -resultado de aplicar el porcentaje de premios definido por la Junta
Directiva sobre el importe de ventas brutas de cada sorteo- permita alcanzar o
superar la bolsa acumulada de ¢25.000.000, para el acierto de los 6 números, no
se tomarán recursos del Fondo Acumulado para Premios Adicionales para sufragar
el plan de premios para los 6 aciertos.
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