DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA
DIRECTRIZ DGH-D-5-2009
REQUISITOS
PARA LA SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN
DE
IMPUESTOS SOBRE LA PROPIEDAD Y TRANSFERENCIA
DE
VEHICULOS, EMBARCACIONES Y AERONAVES
Introducción:
De
conformidad, con lo establecido en la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso
de Requisitos y Trámites Administrativos, cuya finalidad es orientar la
actuación de la Administración Pública, conforme a principios básicos de
racionalidad, uniformidad, publicidad, celeridad y precisión para resolver las
gestiones que presenten los administrados en el ejercicio de su derecho de
petición y en aras de uniformar la presentación de requisitos en las
solicitudes de prescripción de los impuestos sobre la propiedad y transferencia
de vehículos, embarcaciones y aeronaves la Administración Tributaria se procede
a establecer formalmente los requisitos indispensables para la tramitación de
las mismas.
Es
por ello, que esta Dirección con la emisión de la presente Directriz pretende
hacer de conocimiento de los contribuyentes que presentan solicitudes de
prescripción mencionadas la documentación necesaria para la realización de
dicho trámite.
Objetivo:
El
propósito de la presente directriz es definir el marco básico que regula la
presentación de requisitos para la solicitud de prescripción de impuestos a la
propiedad y transferencia de Vehículos, Embarcaciones y Aeronaves con la
finalidad de darlos a conocer, y lograr con ello que el trámite resulte ágil y
preciso.
Vigencia:
Rige
a partir de su comunicación.
Responsables:
La
ejecución de esta Directriz es de responsabilidad del Departamento de Cobro
Judicial y de la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Hacienda.
Aspectos
que se deben cumplir:
Para
la tramitación de solicitudes de prescripción del impuesto de la propiedad y
transferencia de Vehículos, Embarcaciones y Aeronaves ante la Oficina de Cobro
Judicial de la Dirección General de Hacienda deberán aportarse los siguientes
datos y documentos:
1) Solicitud de prescripción con los siguientes datos:
a. Nombre y las calidades de identificación del solicitante, así como
del propietario del bien cuando no coincida con el petente.
b. Indicación clara y precisa de los períodos y tributo para el cual solicita
se aplique el instituto de la prescripción.
c. Medio o lugar para recibir notificaciones
2) Certificación de propiedad del bien emitida por el Registro Nacional
de Bienes Muebles, sección vehículos o embarcaciones y por Aviación Civil para
el caso de aeronaves (este requisito puede ser presentado por el interesado
para ser expedito el trámite, caso contrario la Administración lo solicitara
ante la Dependencia competente)
3) Certificación de desglose de años adeudados del vehículo expedida
por el Área de Actualización de Cuenta – Sub área vehículos de la
Administración Tributaria de San José (este requisito puede ser presentado por
el interesado para ser expedito el tramite, caso contrario la Administración lo
solicitara ante la Dependencia competente)
4) Fotocopia del documento de identidad por ambos lados, para aquellas
solicitudes que no se presenten debidamente autenticadas o en forma personal
por el interesado.
5) Si actúa en representación de otra persona, aportar el original del
poder otorgado, según los artículos 1253,1255 y 1256 del Código Civil o en su
defecto autorización que demuestre su interés legitimo para peticionar.
6) Cuando el vehículo es adquirido por remate u otros, aportar toda la
documentación de adquisición que se requiere en ese caso, con la autenticación
de las mismas.
7) Presentar copia de la escritura de traspaso, cuando el vehículo no
se encuentra a nombre de la persona solicitante.
8) Para vehículos inscritos a nombres de Sociedades Anónimas, o entes
públicos, adjuntar Personería Jurídica, con un plazo de expedición de tres
meses.