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 Normativa >> Directriz 5 >> Fecha 30/11/2009 >> Articulo 1
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Normativa - Directriz 5 - Articulo 1
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Artículo 1
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DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

DIRECTRIZ DGH-D-5-2009

REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN

DE IMPUESTOS SOBRE LA PROPIEDAD Y TRANSFERENCIA

DE VEHICULOS, EMBARCACIONES Y AERONAVES

 

Introducción:

            De conformidad, con lo establecido en la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, cuya finalidad es orientar la actuación de la Administración Pública, conforme a principios básicos de racionalidad, uniformidad, publicidad, celeridad y precisión para resolver las gestiones que presenten los administrados en el ejercicio de su derecho de petición y en aras de uniformar la presentación de requisitos en las solicitudes de prescripción de los impuestos sobre la propiedad y transferencia de vehículos, embarcaciones y aeronaves la Administración Tributaria se procede a establecer formalmente los requisitos indispensables para la tramitación de las mismas.

            Es por ello, que esta Dirección con la emisión de la presente Directriz pretende hacer de conocimiento de los contribuyentes que presentan solicitudes de prescripción mencionadas la documentación necesaria para la realización de dicho trámite.

Objetivo:

            El propósito de la presente directriz es definir el marco básico que regula la presentación de requisitos para la solicitud de prescripción de impuestos a la propiedad y transferencia de Vehículos, Embarcaciones y Aeronaves con la finalidad de darlos a conocer, y lograr con ello que el trámite resulte ágil y preciso.

Vigencia:

            Rige a partir de su comunicación.

Responsables:

            La ejecución de esta Directriz es de responsabilidad del Departamento de Cobro Judicial y de la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Hacienda.

Aspectos que se deben cumplir:

            Para la tramitación de solicitudes de prescripción del impuesto de la propiedad y transferencia de Vehículos, Embarcaciones y Aeronaves ante la Oficina de Cobro Judicial de la Dirección General de Hacienda deberán aportarse los siguientes datos y documentos:

 

1) Solicitud de prescripción con los siguientes datos:

 

a. Nombre y las calidades de identificación del solicitante, así como del propietario del bien cuando no coincida con el petente.

b. Indicación clara y precisa de los períodos y tributo para el cual solicita se aplique el instituto de la prescripción.

c. Medio o lugar para recibir notificaciones

 

2) Certificación de propiedad del bien emitida por el Registro Nacional de Bienes Muebles, sección vehículos o embarcaciones y por Aviación Civil para el caso de aeronaves (este requisito puede ser presentado por el interesado para ser expedito el trámite, caso contrario la Administración lo solicitara ante la Dependencia competente)

3) Certificación de desglose de años adeudados del vehículo expedida por el Área de Actualización de Cuenta – Sub área vehículos de la Administración Tributaria de San José (este requisito puede ser presentado por el interesado para ser expedito el tramite, caso contrario la Administración lo solicitara ante la Dependencia competente)

4) Fotocopia del documento de identidad por ambos lados, para aquellas solicitudes que no se presenten debidamente autenticadas o en forma personal por el interesado.

5) Si actúa en representación de otra persona, aportar el original del poder otorgado, según los artículos 1253,1255 y 1256 del Código Civil o en su defecto autorización que demuestre su interés legitimo para peticionar.

6) Cuando el vehículo es adquirido por remate u otros, aportar toda la documentación de adquisición que se requiere en ese caso, con la autenticación de las mismas.

7) Presentar copia de la escritura de traspaso, cuando el vehículo no se encuentra a nombre de la persona solicitante.

8) Para vehículos inscritos a nombres de Sociedades Anónimas, o entes públicos, adjuntar Personería Jurídica, con un plazo de expedición de tres meses.

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