Artículo
69.—Formas de divulgación y prevención. Con el objeto de prevenir,
desalentar y evitar conductas de acoso u hostigamiento sexual o laboral, la
Oficina de Recursos Humanos deberá:
1) Colocar en lugares visibles de la institución, un ejemplar de la Ley
Nº 7476 del 3 de febrero de 1995 y de este Reglamento.
2) Desarrollar actividades, tales como charlas, talleres, seminarios,
conferencias y otras actividades grupales, tendientes a capacitar y
sensibilizar al personal de la Dirección General, en esta problemática.
3) Cualquier otra que se estime necesaria para el cumplimiento de los
fines de la Ley Nº 7476.
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