Artículo 6°—Toda investigación o
ensayo debe tener un expediente en el archivo técnico,
este expediente estará constituido por:
a) Un proyecto, cuyo formato lo definirá la
Dirección Nacional respectiva y debe se aprobado para su ejecución por un
comité o autoridad superior que definir también la Dirección Nacional
respectiva. Este documento se colocará en la parte interior izquierda del expediente (folder).
b) Registros detallados de las actividades y
observaciones realizadas en el transcurso del experimento. Los formatos a usar
y la periodicidad de entrega lo definirá la Dirección Nacional respectiva.
Se entiende por transcurso del experimento, desde
la aprobación del proyecto hasta la presentación del informe final y el
resumen.
c) Información obtenida en el transcurso de
la investigación. Esto incluye los datos crudos, sea sin análisis estadístico,
resultados de análisis clínicos, de laboratorio clima, etc, o cualquier
información pertinente. El formato a utilizar, si es de caso, lo definirá la Dirección Nacional respectiva.
ch) Resultados. Que serán los cuadros con los
datos organizados y analizados estadísticamente, cuando lo ameriten.
d) Informe final.
Incluye la discusión de los resultados, conclusiones y recomendaciones. Los formatos ha
utilizar, si es del caso, los definirá la Dirección Nacional respectiva.
e) Resumen de media
página con la información más relevante de la investigación. El formato a utilizar lo
definirá la DSOA. Este resumen será usado para confeccionar la Memoria Técnica
del MAG que será editada por la DSOA.
Los documentos que se indican en los puntos
b), c), ch), d) y e) se colocarán en la
parte interior derecha del expediente (folder).
En el caso de
experimentos que duren más de un año, deberán tener un informe de avance, con los resultados y el
análisis de la investigación realizada durante el año, y el informe final cuando se acabe la investigación.
En casos calificados un resumen informe de avance puede ser publicado en
la Memoria Técnica del MAG.
En el caso de investigaciones que por
cualquier motivo no pudieran terminarse, el expediente debe llevar un informe
explicativo. Éstos se archivarán también en orden alfanumérico pero en otra
sección del archivo oficial, llamada experimentos no terminados o descartados.
Los documentos que conforman el expediente
pueden estar escritos a máquina o a mano con tinta y letra clara.