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 Normativa >> Ley 8785 >> Fecha 28/10/2009 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 8785 - Articulo 3
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Artículo 3
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Articulo 3

Articulo 3..- Modifícanse los artículos. Nos. 2, 3, 4, 5 y  6° de la ley N°. 8691, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para al Ejercicio  económico para el año 2009, publicada en el Alcance No. 56 a La Gaceta No. 253 de 31 de diciembre de 2008, en la forma en que se indica a continuación:


(NOTA: Por lo extenso de su contenido y tipo de formato, consultar el Alcance N° 45 a La Gaceta N° 211 del 30 de octubre de 2009).

 

 

(Modificado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 35612 del 13 de noviembre de 2009).

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