Artículo 28º—Atribuciones
Artículo 28º—Atribuciones
Son obligaciones y atribuciones de la Policía de Control Fiscal:
a) Garantizar el cumplimiento de las leyes
fiscales.
b) Auxiliar al Ministerio de Hacienda, en todo
cuanto requiera para controlar la evasión tributaria.
c) Realizar todo tipo de allanamientos, para
perseguir delitos de naturaleza tributaria. Para efectuar los allanamientos
debe contar con la autorización judicial y cumplir con las demás condiciones
legales.
d) Inspeccionar los establecimientos
comerciales en cualquier momento.
e) Velar por el respeto a la Constitución
Política, los tratados internacionales, las leyes y los reglamentos
respectivos.
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