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 Normativa >> Decreto TSE 15 >> Fecha 07/10/2009 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto TSE 15 - Articulo 1
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Artículo 1
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TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

 

 

Nº 15-2009

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

 

            De conformidad con lo establecido en los artículos 9, 99, 102 inciso 1), 106, 133 y 171 de la Constitución Política; 52 inciso k), 147, 148, 150, 151, 166 y 205 del Código Electoral; 12, 14 y 21 del Código Municipal y según lo dispuesto por este Tribunal en la resolución Nº 405-E8-2008 de las siete horas con veinte minutos del ocho de febrero del año dos mil ocho,

 

DECRETA:

 

            Artículo 1º—Se convoca a todos los ciudadanos inscritos como electores en el Departamento Electoral del Registro Civil para que, ejerciendo el derecho constitucional al sufragio en votación Obligatoria, Directa y Secreta, concurran a las respectivas Juntas Receptoras de Votos el día domingo siete de febrero del año dos mil diez, a fin de que procedan a elegir Presidente y Vicepresidentes de la República, Diputados a la Asamblea Legislativa y Regidores Municipales. Las elecciones se efectuarán en todo el territorio nacional, sin interrupción, desde las seis hasta las dieciocho horas de ese día, según lo establece el artículo 166 del Código Electoral.


 

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