Artículo
2º-Uso obligatorio de los formularios. De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 122 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la Administración
podrá disponer el empleo obligatorio de medios diferentes de declaración y pago;
por lo que, para los sujetos pasivos incorporados a Tributación Digital, se
establece el uso obligatorio de los siguientes formularios, los cuales
igualmente están disponibles en Tributación Digital.
Formulario denominado "Declaración jurada de retenciones en la
fuente por salarios, pensiones, jubilaciones y otras remuneraciones por
servicios personales"; (Derogado por
el artículo 25 de la resolución N° NºMH-DGT-RES-0042-2025
del 22 de Agosto del 2025; " Uso de
los formularios de declaraciones informativas que derivan en la autoliquidación
de la obligación tributaria")
Formulario denominado
"Declaración jurada de retenciones en la fuente por intereses"; (Derogado por el artículo 25 de la resolución
N° MH-DGT-RES-0042-2025 del 22 de Agosto
del 2025; " Uso de
los formularios de declaraciones informativas que derivan en la autoliquidación
de la obligación tributaria")
Formulario denominado
"Declaración jurada de retenciones en la fuente por dividendos, excedentes
y participaciones sociales"; (Derogado
por el artículo 25 de la resolución N° MH-DGT-RES-0042-2025
del 22 de Agosto del 2025; " Uso de
los formularios de declaraciones informativas que derivan en la autoliquidación
de la obligación tributaria")
Formulario denominado
"Declaración jurada de retenciones en la fuente del 2% impuesto a las
utilidades"; (Derogado por el artículo
25 de la resolución N° MH-DGT-RES-0042-2025
del 22 de Agosto del 2025; " Uso de
los formularios de declaraciones informativas que derivan en la autoliquidación
de la obligación tributaria")
(Así reformado el formulario
anterior por el artículo 1° de la resolución DGT-R-037-2014 del 19 de agosto de
2014. Anteriormente dicho formulario se llamaba: "Declaración jurada de
retenciones en la fuente del 2% sobre pagos por licitaciones, contrataciones u
otros negocios de entidades públicas con terceros")
Formulario denominado
"Declaración jurada de retenciones en la fuente del 3% en servicios de
transporte, comunicaciones, reaseguros, películas cinematográficas y noticias
internacionales, prestados por no domiciliados con representante permanente en
el país"; (Derogado por el artículo
25 de la resolución N° MH-DGT-RES-0042-2025
del 22 de Agosto del 2025; " Uso de
los formularios de declaraciones informativas que derivan en la autoliquidación
de la obligación tributaria")
Formulario denominado "Declaración
jurada de retenciones en la fuente por remesas al exterior", (Derogado por el artículo 25 de la resolución
N° MH-DGT-RES-0042-2025 del 22 de Agosto
del 2025; " Uso de
los formularios de declaraciones informativas que derivan en la autoliquidación
de la obligación tributaria")
Formulario denominado
"Declaración jurada de retenciones en la fuente por retiros anticipados de
pensiones complementarias voluntarias";
Formulario denominado
"Declaración jurada del impuesto único por tipo de combustible"; (Derogado por el artículo 6° de la
resolución NºMH-DGT-RES-0022-2025
del 8 de julio de 2025; "Uso de los formularios Impuesto selectivo de consumo, Impuesto único
por tipo combustible, Impuesto sobre bebidas alcohólicas e Impuesto específico
a las bebidas sin alcohol y jabones de tocador")
Formulario denominado
"Declaración jurada del impuesto especial sobre bancos y entidades
financieras no domiciliadas";
Formulario denominado
"Declaración jurada del impuesto a los rendimientos y a las ganancias de
capital de los fondos de inversión";
Formulario denominado "Declaración
jurada del impuesto a los casinos y salas de juego" (Derogada por el artículo 6° de la resolución Nº MH-DGT-RES-0030-2025
del 14 de julio de 2025, "Uso del formulario de los impuestos sobre los
casinos)
Formulario denominado
"Declaración jurada del impuesto sobre la renta". (reDerogada por el artículo 6 de la resolución NºMH-DGT-RES-0020-2025.
"Uso de los formularios de declaración del impuesto sobre las utilidades para las personas físicas,
personas jurídicas y personas públicas")
Formulario denominado
"Declaración jurada del impuesto general sobre las ventas-liquidación por
el sistema general";
Formulario denominado
"Declaración jurada de retención a cuenta del impuesto general sobre las
ventas"; (Derogada por el artículo 16 inciso
1) de la resolución N° Nº MH-DGT-R-0038-2025
del 22 de julio del 2025, "Uso de
los formularios de declaración de Retenciones por Operaciones Tarjetas Crédito
y Débito - IVA y Retenciones por Operaciones Tarjetas Crédito y Débito -
ISU")
Formulario denominado
"Declaración jurada del impuesto selectivo de consumo"; (Derogado por el artículo 6° de la
resolución NºMH-DGT-RES-0022-2025
del 8 de julio de 2025; "Uso de los formularios Impuesto selectivo de consumo, Impuesto único
por tipo combustible, Impuesto sobre bebidas alcohólicas e Impuesto específico
a las bebidas sin alcohol y jabones de tocador")
Formulario denominado
"Declaración jurada del impuesto específico sobre bebidas alcohólicas; (Derogado por el artículo 6° de la
resolución NºMH-DGT-RES-0022-2025
del 8 de julio de 2025; "Uso de los formularios Impuesto selectivo de consumo, Impuesto único
por tipo combustible, Impuesto sobre bebidas alcohólicas e Impuesto específico
a las bebidas sin alcohol y jabones de tocador")
Formulario denominado
"Declaración jurada del impuesto específico sobre las bebidas envasadas
sin contenido alcohólico y jabones de tocador"; (Derogado por el artículo 6° de la resolución NºMH-DGT-RES-0022-2025 del
8 de julio de 2025; "Uso de los formularios Impuesto selectivo de consumo, Impuesto único
por tipo combustible, Impuesto sobre bebidas alcohólicas e Impuesto específico
a las bebidas sin alcohol y jabones de tocador")
Formulario denominado
"Recibo oficial de pago";
Formulario denominado
"Declaración de modificación de datos del Registro de Contribuyentes; y
Formulario denominado
"Declaración de desinscripción del Registro de
Contribuyentes".
Tratándose de la autoliquidación de
impuestos, el sujeto pasivo debe presentar a su nombre una sola declaración por
tipo de impuesto y período, consolidando la información de todas sus oficinas,
agencias y sucursales.
El
formato e instrucciones de los formularios pueden ser modificados por la Administración Tributaria,
según sus necesidades, sin requerir al efecto una resolución que los
implemente, con la sola publicación de estas modificaciones en el Sitio Web de
Tributación Digital.