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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35448 >> Fecha 30/07/2009 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35448 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 35448-MOPT

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

 

            En el ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3); 18) y 20), 146 y 182 de la Constitución Política, con fundamento en lo establecido por la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes Nº 4786 del 5 de julio de 1971, Ley de Administración Vial, Nº 6324 del 24 de mayo de 1979 y sus reformas, Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, Nº 7331 del 13 de abril de 1993, Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi, Nº 7969 del 22 de diciembre de 1999, y en apego a las competencias establecidas por la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas.

 

Considerando:

 

            1º—Que el transporte remunerado de pasajeros en vehículos modalidad de taxi es un servicio público cuya regulación, control y vigilancia corresponde al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, por medio del Consejo de Transporte Público, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi, Nº 7969.

            2º—Que para la prestación del servicio público de taxi se requiere de formal concesión administrativa.

            3º—Que el otorgamiento de concesiones debe atender a principios de satisfacción del interés público, democratización del servicio y uniformidad, en los términos del artículo 4º de la Ley Nº 7969, a fin de contar con un servicio eficiente y que cumpla con los requerimientos de la demanda usuaria.

            4º—Que de conformidad con el Capítulo V, del Título II de la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, del total de concesiones otorgadas en el Primer Procedimiento Especial Abreviado, un total del 10% de las concesiones debían ser adaptados a las necesidades de las personas con discapacidad.

            5º—Que de conformidad con la publicación en el Diario Oficial La Gaceta Nº 191 publicada el día jueves 5 de octubre del 2006, fueron declaradas desiertas 1034 concesiones para el servicio público de taxi en vehículos adaptados para el transporte de personas con discapacidad.

            6º—Que por el artículo 5.4 de la sesión ordinaria Nº 13-2009 de fecha 24 de febrero del 2009, y 7.2 de la sesión ordinaria Nº 40-2009 del 23 de junio del 2009, ambos de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público se aprobó la distribución de las 1034 placas de taxis para personas con discapacidad y el proyecto de Decreto estará a consideración del Poder Ejecutivo.

            7º—Que mediante Dictamen Nº C-422-2008 de la Procuraduría General de la República se ordena a este Consejo publicar lo antes posible la licitación pública para concesiones de servicio público en modalidad taxi, para el transporte de personas con discapacidad, en cumplimiento de lo establecido por la Ley Nº 7969. Por tanto,

 

Decretan:

 

Reglamento para Participar en la Licitación Pública

Tendiente a Concesionar 1034 Placas para Transporte

Público en Modalidad Taxi, con Vehículos Adaptados

para Personas con Discapacidad

 

CAPÍTULO I

Disposiciones generales sobre bases de operación

 

            Artículo 1º—Tabla de distribución de Bases de Operación. Para efectos de este proceso, se establecen las siguientes bases de operación por distrito, cantón y provincia:

 

BASES DE OPERACIÓN, PROVINCIA DE SAN JOSÉ

 

 

 

 

Base de Operación

Lugar

Provincia

Concesiones disponibles

0

AM San José

San José

593

102010

AM Escazú

San José

5

102019

Escazú-Rural

San José

1

104019

Santiago Puriscal-Rural

San José

4

105010

AM San Marcos Tarrazú

San José

1

105019

San Marcos Tarrazú-Rural

San José

1

106010

AM Aserrí

San José

1

106019

Aserrí-Rural

San José

2

107019

Colón-Rural

San José

1

109010

AM Santa Ana

San José

2

111010

San Isidro

San José

3

111019

San Isidro-Rural

San José

2

112010

AM San Ignacio Acosta

San José

2

112019

San Ignacio Acosta-Rural

San José

2

117010

AM Santa María de Dota

San José

2

119019

San Isidro PZ-Rural

San José

5

120019

San Pablo León Cortés-Rural

San José

2

 

629

 

 

 

 

BASES DE OPERACIÓN, PROVINCIA DE ALAJUELA

 

 

 

 

Base de Operación

Lugar

Provincia

Concesiones disponibles

201010

AM Alajuela

Alajuela

74

201030

Carrizal

Alajuela

1

202010

AM San Ramón

Alajuela

4

203010

AM Grecia

Alajuela

6

207010

Palmares

Alajuela

1

206010

AM Naranjo

Alajuela

3

206019

Naranjo-Rural

Alajuela

1

208010

AM San Pedro

Alajuela

2

209010

AM Orotina

Alajuela

2

209019

Orotina-Rural

Alajuela

1

210019

Ciudad Quesada-rural

Alajuela

2

210069

Pital

Alajuela

1

210079

La Fortuna

Alajuela

2

 

100

BASES DE OPERACIÓN, PROVINCIA DE CARTAGO

 

 

 

 

Base de Operación

Lugar

Provincia

Concesiones disponibles

301010

AM Cartago

Cartago

47

302010

Paraíso

Cartago

4

302019

Paraíso-Rural

Cartago

3

302039

Orosi

Cartago

2

303010

Tres Ríos

Cartago

9

305010

Turrialba

Cartago

5

305019

Turrialba-Rural

Cartago

4

 

74

 

 

 

 

BASES DE OPERACIÓN, PROVINCIA DE HEREDIA

 

 

 

 

Base de Operación

Lugar

Provincia

Concesiones disponibles

401010

AM Heredia

Heredia

48

402010

AM Barva

Heredia

4

403010

AM Santo Domingo

Heredia

4

404010

AM Santa Bárbara

Heredia

6

405010

AM San Rafael

Heredia

3

406010

San Isidro

Heredia

3

406019

San Isidro-Rural

Heredia

1

407010

AM San Antonio

Heredia

4

408010

AM San Joaquín

Heredia

2

409010

San Pablo

Heredia

2

410010

Puerto Viejo

Heredia

2

 

79

 

 

 

 

BASES DE OPERACIÓN, PROVINCIA DE GUANACASTE

 

 

 

 

Base de Operación

Lugar

Provincia

Concesiones disponibles

501010

AM Liberia

Guanacaste

8

501019

Liberia-Rural

Guanacaste

2

502010

Nicoya

Guanacaste

4

502019

Nicoya-Rural

Guanacaste

2

503010

Santa Cruz

Guanacaste

3

503019

Santa Cruz-Rural

Guanacaste

2

504019

Bagaces-Rural

Guanacaste

1

505019

Filadelfia-Rural

Guanacaste

1

505031

El Coco

Guanacaste

3

505049

Belén

Guanacaste

1

506010

Cañas

Guanacaste

2

506019

Cañas-Rural

Guanacaste

1

507010

Las Juntas

Guanacaste

1

507019

Las Juntas-Rural

Guanacaste

1

508010

Tilarán

Guanacaste

2

508019

Tilarán-Rural

Guanacaste

2

508070

Arenal

Guanacaste

3

 

39

BASES DE OPERACIÓN, PROVINCIA DE PUNTARENAS

 

 

 

 

Base de Operación

Lugar

Provincia

Concesiones disponibles

601010

AM Puntarenas

Puntarenas

5

601019

Puntarenas-Rural

Puntarenas

4

601059

Paquera

Puntarenas

1

601090

Monteverde

Puntarenas

4

601110

Cóbano

Puntarenas

1

601112

Tambor

Puntarenas

1

602010

Esparza

Puntarenas

3

603019

Buenos Aires-Rural

Puntarenas

1

606010

Quepos

Puntarenas

4

607010

Golfito

Puntarenas

2

607019

Golfito-Rural

Puntarenas

2

607030

Río Claro

Puntarenas

1

607039

Río Claro-rural

Puntarenas

2

608019

San Vito-Rural

Puntarenas

3

609010

Parrita

Puntarenas

2

609019

Parrita-Rural

Puntarenas

2

610010

Ciudad Nelly

Puntarenas

3

610019

Ciudad Nelly-Rural

Puntarenas

3

610030

Canoas

Puntarenas

4

610039

Canoas-Rural

Puntarenas

1

611010

Jacó

Puntarenas

3

611019

Jacó-Rural

Puntarenas

3

 

55

BASES DE OPERACIÓN, PROVINCIA DE LIMÓN

 

 

 

 

Base de Operación

Lugar

Provincia

Concesiones disponibles

701010

AM Limón

Limón

42

701019

Limón-Rural

Limón

1

702010

Guápiles

Limón

2

702059

Cariari

Limón

2

703019

AM Siquirres

Limón

2

703019

Siquirres-Rural

Limón

2

704031

Puerto Viejo

Limón

1

704039

Cahuita

Limón

1

706010

Guácimo

Limón

2

706019

Guácimo-Rural

Limón

2

706039

Pocora

Limón

1

 

58

 

 

 

 

 

 

 

 


 

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