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 Normativa >> Reglamento municipal 198 >> Fecha 26/01/2009 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento municipal 198 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Objetivos. La carrera profesional tendrá como objetivo básico reconocer por medio de un estímulo económico, la superación académica y laboral de los profesionales al servicio de la Municipalidad, a fin de que puedan ofrecer un mejor servicio a la misma.


 

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