MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
REGLAMENTO
DE CARRERA PROFESIONAL
DE
LA MUNICIPALIDAD DE
HEREDIA
Con fundamento
en lo dispuesto por los numerales 170 de la Constitución
Política y 4º, inciso a), 13, inciso c) y 43 del Código
Municipal, el Concejo Municipal de Heredia, en sesión ordinaria Nº 198-2008,
aprobó la promulgación del presente reglamento, el cual se rige por las
siguientes disposiciones:
CAPÍTULO
I
De
la carrera profesional
Artículo 1º—Definición.
Denomínese “carrera profesional”, al incentivo económico aplicable a los
funcionarios de nivel profesional de la Municipalidad de
Heredia; concedido con base en sus grados académicos, postgrados adicionales al
bachillerato universitario, capacitación recibida, la capacitación impartida
bajo la condición de instructor, la experiencia obtenida en organismos
internacionales, la experiencia docente en instituciones de enseñanza de nivel
universitario o parauniversitario y las publicaciones efectuadas.
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