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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34898 >> Fecha 06/06/2008 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34898 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 34898-COMEX-S-MEIC

Nº 34898-COMEX-S-MEIC

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR,

LA MINISTRA DE SALUD

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

 

De conformidad con las atribuciones que les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política; el artículo 28 párrafo 2, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; los artículos 1, 3, 7, 15, 26, 30, 36, 37, 38, 40, 42, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, Ley de Aprobación Nº 7629 del 26 de setiembre de 1996; y

 

Considerando:

 

I.—Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), mediante Resolución Nº 228-2008 (COMIECO) de fecha 16 de mayo del 2008, prorrogó el inicio de la entrada en vigencia del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 11.03.39:06 Productos Farmacéuticos. Reglamento de Validación de Métodos Analíticos para la Evaluación de la Calidad de los Medicamentos, por un plazo de tres meses.

II.—Que en cumplimiento de lo indicado en el ordinal anterior, procede la publicación de dicha resolución. Por tanto,

 

 

Decretan:

 

Publicación de la Resolución Nº 228-2008 (COMIECO)

de fecha 16 de mayo del 2008, que prorroga el inicio

de la entrada en vigencia del Reglamento Técnico

Centroamericano RTCA 11.03.39:06 Productos

Farmacéuticos. Reglamento de Validación

de Métodos Analíticos para la Evaluación

de la Calidad de los Medicamentos

 

Artículo 1º—Publíquese la Resolución Nº 228-2008 (COMIECO) de fecha 16 de mayo de 2008, que a continuación se transcribe:

RESOLUCIÓN Nº 228-2008 (COMIECO)

EL CONSEJO DE MINISTROS DE

INTEGRACIÓN ECONÓMICA

 

Considerando:

 

Que mediante la Resolución Nº 188-2006 (COMIECO-XL), el Consejo aprobó el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 11.03.39:06 Productos Farmacéuticos. Reglamento de Validación de Métodos Analíticos para la Evaluación de la Calidad de los Medicamentos, el cual debía entrar en vigencia el 28 de noviembre del 2007;

Que el mismo órgano adoptó la Resolución Nº 213-2007 (COMIECO XLVI), prorrogando el inicio de vigencia del citado Reglamento por seis meses, a partir del 19 de noviembre del 2007;

Que la Federación de Industrias Farmacéuticas de Centroamérica y el Caribe (FIFCCA) ha solicitado prorrogar el inicio de vigencia de dicho Reglamento;

Que COMIECO considera necesario disponer de un análisis técnico sobre las condiciones que aseguren la debida aplicación del referido Reglamento; Por tanto,

Con fundamento en los artículos V del Tratado General de Integración Económica Centroamericana; 1, 3, 7, 15, 26, 30, 36, 37, 38, 42, 46  y 55 del Protocolo de Guatemala,

 

RESUELVE:

 

 

1º—Prorrogar el inicio de vigencia del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 11.03.39:06 Productos Farmacéuticos. Reglamento de Validación de Métodos Analíticos para la Evaluación de la Calidad de los Medicamentos, por un plazo de tres meses.

2º—La presente Resolución entra en vigencia a partir de esta fecha y será publicada por los Estados Parte.

Lima, Perú, 16 de mayo de 2008

           Marco Vinicio Ruiz                            Yolanda Mayora de Gavidia

   Ministro de Comercio Exterior                        Ministra de Economía

                de Costa Rica                                           de El Salvador

       Rómulo Caballero Otero                    Fredis Alonso Cerrato Valladares

         Ministro de Economía                      Ministro de Industria y Comercio

                de Guatemala                                             de Honduras

                                      Verónica Rojas Berríos

                      Viceministra en representación del Ministro

                             de Fomento, Industria y Comercio

                                              de Nicaragua


 

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