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 Normativa >> Tratados Internacionales 8661 >> Fecha 19/08/2008 >> Articulo 42
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Normativa - Tratados Internacionales 8661 - Articulo 42
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Artículo 42
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Artículo 42

Artículo 42

Firma

La presente Convención estará abierta a la firma de todos los Estados y las organizaciones regionales de integración en la Sede de las Naciones Unidas, en Nueva York, a partir del 30 de marzo de 2007.


 

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