CAPITULO XVII
CAPITULO XVII
(*) Otras transacciones
al amparo del Régimen
(*) (Así modificada su denominación por el
artículo 4° del decreto ejecutivo
N° 36000 del 28 de abril de 2010)
Artículo
105.-Producción y reexportación de tarimas. Los beneficiarios cuya actividad
productiva autorizada sea la fabricación o reparación de tarimas y sus
accesorios, una vez finalizado el proceso productivo correspondiente, deberán
proceder con su debida identificación. Para la salida de las instalaciones, el
beneficiario tramitará la declaración aduanera y cumplirá los procedimientos
aduaneros establecidos. Cuando dichas tarimas y sus accesorios salgan del
territorio nacional conteniendo mercancías nacionales de exportación, el
exportador presentará la declaración de exportación, declarando la
identificación de la persona física o jurídica que las fabricó o reparó la
tarima, la cantidad de tarimas reexportadas y sus números de identificación.
Las tarimas y sus accesorios
podrán permanecer en el territorio nacional por un plazo máximo de quince días
hábiles. Dicho plazo se computará a partir de la fecha de autorización de la
declaración de reexportación presentada por el beneficiario. Transcurrido dicho
plazo o verificado su uso en actividades diferentes a las autorizadas,
conllevará el pago de los impuestos, sin detrimento de las acciones
administrativas o legales que correspondan.
La empresa beneficiaria deberá
llevar un inventario de las cantidades, uso y destino de las tarimas producidas
y sus accesorios y deberá tenerlo a disposición de la autoridad aduanera,
cuando así se lo requiera.
Para los efectos de este
reglamento, se entiende por accesorio de una tarima cualquier elemento que sea
necesario para el correcto uso y funcionamiento de la tarima para el transporte
de mercancías objeto de comercio internacional tales como, barras esquineras,
cintas de amarre, flejes, clavos, tornillos y demás artículos que cumplan
funciones equivalentes.
(Así reformado por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43153 del 11 de agosto de 2021)
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