Nº 34737-MEP
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
En ejercicio de la
atribución conferida en el artículo 140, inciso 18) de la Constitución Política, lo dispuesto en el artículo 59 aparte 2 de la Ley
General de la Administración Pública y la
Ley Orgánica
del Ministerio de Educación Pública, y,
Considerando:
1º—Que la Ley Nº 3481 del 13 de enero de 1965, Ley Orgánica
del Ministerio de Educación Pública, establece los criterios básicos de
organización, de competencias y de participación, y dispone las orientaciones y
directrices para su desarrollo reglamentario.
2º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº
23490-MEP del 11 de julio de 1994, publicado en La Gaceta Nº 144, Alcance Nº 25, del 29 de julio de
1994, se promulgó el “Reglamento de la Organización Administrativa de las Direcciones Provinciales de
Educación”.
3º—Que la
Dirección de
Planificación Institucional del Ministerio de Educación Pública realizó los
estudios técnicos requeridos para redefinir parcialmente la actual estructura
regional del Ministerio de Educación Pública, específicamente la conformación
de las Direcciones Provinciales de Educación de San José, Cartago y Puntarenas.
4º—Que de acuerdo con los estudios técnicos
realizados se determinó la necesidad de crear una nueva Dirección Regional de
Educación en la zona de Los Santos, para brindar atención integral a las
comunidades educativas de los cantones de Tarrazú, Dota y León Cortés,
considerando que actualmente los distritos administrativos están distribuidos
entre la Dirección Regional de Educación de Pérez Zeledón, la
Dirección Regional de Educación de Cartago y la
Dirección Regional de Educación de Desamparados, localizadas a considerable distancia,
situación que ha dificultado la supervisión técnica, la administración y la
prestación de los servicios de apoyo, asesoría pedagógica y curricular, por
parte de las actuales autoridades educativas de esas regiones.
5º—Que de acuerdo con los estudios técnicos
realizados se determinó la necesidad de crear una nueva Dirección Regional para
la atención integral de las comunidades educativas de los distritos de Lepanto,
Paquera, Cóbano, actualmente cubiertas por la
Dirección Regional de Educación de Puntarenas, localizada a considerable distancia,
situación que ha dificultado la supervisión técnica, la administración y la
prestación de los servicios de apoyo, asesoría pedagógica y curricular, por
parte de las actuales autoridades educativas de esa región.
6º—Que con la creación de la
Dirección Regional de Buenos Aires, por medio del Decreto Ejecutivo 33836-MEP del 29 de
mayo de 2007, publicado en La Gaceta Nº
132 del 10 de julio de 2007, el distrito de Piedras Blancas del Cantón de Osa
quedó adscrito a la Dirección Regional de Educación de Coto, determinándose en el
estudio técnico que debido a su ubicación geográfica, amerita que este distrito
se integre a la Dirección Regional de Buenos Aires. Además, que por la
importancia que tiene el Cantón de Osa dentro de la
Dirección Regional de Buenos Aires, se considera oportuno reconsiderar su denominación,
de manera que su nuevo nombre refleje e integre, de mejor manera, la extensión
territorial y la identidad cultural e histórica de todas las comunidades que la
conforman.
7º—Que en el artículo 25 del Decreto
Ejecutivo Nº 23490-MEP del 11 de julio de 1994, publicado en La Gaceta Nº 144, Alcance Nº 25, del 29 de julio de
1994, “Reglamento de la Organización Administrativa de las Direcciones Provinciales de
Educación”, se establece que la Dirección Provincial de Educación de San José cuenta con cuatro Direcciones Regionales de
Educación, a saber: San José, Desamparados, Puriscal y Pérez Zeledón.
8º—Que en el artículo 30 del Decreto
Ejecutivo Nº 23490-MEP del 11 de julio de 1994, publicado en La Gaceta Nº 144, Alcance Nº 25, del 29 de julio de
1994, “Reglamento de la Organización Administrativa de las Direcciones Provinciales de
Educación”, se establece que la Dirección Provincial de Educación de Puntarenas cuenta con cuatro Direcciones Regionales de
Educación, a saber: Puntarenas, Aguirre, Buenos Aires y Coto. Por tanto,
DECRETAN:
Reforma del
Reglamento de la Organización
Administrativa de las
Direcciones
Provinciales de Educación
Artículo
1º—Refórmese el artículo 25 del Decreto Ejecutivo Nº 23490-MEP del 11 de julio
de 1994, publicado en La Gaceta Nº
144, Alcance Nº 25, del 29 de julio de 1994, “Reglamento de la Organización Administrativa de las Direcciones Provinciales de
Educación”, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:
“Artículo 25.—La Dirección Provincial de Educación de San José, estará compuesta por las siguientes
Direcciones Regionales de Educación:
a) Dirección Regional de
Educación de San José, con sede en San José, conformada por la siguiente área
geográfica:
Provincia
Cantón
Distrito administrativo
San José
Carmen
Merced
Hospital
Catedral
Zapote
SAN
JOSÉ
San Francisco de Dos Ríos
Uruca
Mata Redonda
Pavas
Hatillo
San Sebastián
Escazú
Escazú
San Antonio
San Rafael
Goicoechea
Guadalupe
San Francisco
Calle Blancos
Mata de Plátano
Ipís
Rancho Redondo
Purral
Santa Ana
Santa Ana
Salitral
Pozos
Uruca
Piedades
Brasil
Vásquez de Coronado San Isidro
San Rafael
Dulce Nombre de Jesús
Patalillo
Cascajal
Tibás
San Juan
Cinco Esquinas
Anselmo Llorente
León XIII
Colima
Moravia
San Vicente
San Jerónimo
Trinidad
Montes de Oca
San Pedro
Sabanilla
Mercedes
San Rafael
Curridabat
Curridabat
Granadilla
Sánchez
Tirrases
b)
Dirección
Regional de Educación de Desamparados, con sede en Desamparados, conformada por
la siguiente área geográfica:
Provincia
Cantón
Distrito administrativo
Desamparados
Desamparados
San Miguel
San Juan de Dios
San Rafael Arriba
San Antonio
Frailes
SAN
JOSÉ
Patarrá
San Cristóbal
Rosario
Damas
San Rafael Abajo
Gravilias
Los Guido
Aserrí
Aserrí
Tarbaca
Vuelta de Jorco
San Gabriel
Legua
Monterrey
Salitrillos
Alajuelita
Alajuelita
San Josecito
San Antonio
Concepción
San Felipe
Acosta
San Ignacio
Guaitil
Palmichal
Cangrejal
Sabanillas
c)
Dirección
Regional de Educación de Puriscal con sede en Santiago de Puriscal, conformada
por la siguiente área geográfica:
Provincia
Cantón
Distrito administrativo
Puriscal
Santiago
Mercedes Sur
Barbacoas
Grifo Alto
SAN
JOSÉ
San Rafael
Candelarita
Desamparaditos
San Antonio
Chires
Mora
Colón
Guayabo
Tabarcia
Piedras Negras
Picagres
Turrubares
San Pablo
San Pedro
San Juan de Mata
San Luis
Carara
d)
La Dirección Regional de Educación de Pérez Zeledón, con sede en
San Isidro de El General, conformada por la siguiente área geográfica:
Provincia
Cantón
Distrito administrativo
Pérez Zeledón
San Isidro de El General
General
Daniel Flores
Rivas
San Pedro
SAN
JOSÉ
Platanares
Pejibaye
Cajón
Barú
Río Nuevo
Páramo
e)
La Dirección Regional de Educación de Los Santos, con sede en Santa
María de Dota, conformada por la siguiente área geográfica:
Provincia
Cantón
Distrito administrativo
Tarrazú
San Marcos
SAN
JOSÉ
San Lorenzo
San Carlos
Dota
Santa María
Jardín
Copey
León Cortés
San Pablo
San Andrés
Llano Bonito
San Isidro
Santa Cruz
San Antonio