Artículo 68°
Artículo 68°. - Reforma al Reglamento sobre Rellenos Sanitarios.
“Refórmense el
artículo 8 inciso c) y el artículo 14 del Decreto Nº 27378-S del 09 de octubre
de 1998 y sus reformas, publicado en La Gaceta No.206 del 23
de octubre de 1998 “Reglamento sobre Rellenos Sanitarios” , para que en lo sucesivo se lean así:
“Artículo 8:
(…)
“Inciso c): Del Funcionamiento: El trámite de permiso sanitario de
funcionamiento se deberá realizar en las Áreas Rectoras de Salud.”
“Artículo 14.- Del
Permiso Sanitario de Funcionamiento: Las Áreas Rectoras de Salud serán las
encargadas de tramitar y emitir el permiso sanitario de funcionamiento.”
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