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 Normativa >> Acuerdo 0 >> Fecha 06/05/2008 >> Articulo 1
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Normativa - Acuerdo 0 - Articulo 1
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POPULAR VALORES, PUESTO DE BOLSA S

POPULAR VALORES, PUESTO DE BOLSA S. A.

La Junta Directiva de Popular Valores, Puesto de Bolsa S. A., en la sesión ordinaria N° 310, celebrada el martes 06 de mayo del 2008, acuerda por unanimidad aprobar la Política de Buenas Prácticas y Conflictos de Interés, la cual indica lo siguiente:

POLÍTICAS DE BUENAS PRÁCTICAS Y CONFLICTOS

DE INTERÉS DE POPULAR VALORES, PUESTO

DE BOLSA, S. A.

INTRODUCCIÓN

Popular Valores, Puesto de Bolsa S.A., en cumplimiento al artículo 8 del capitulo V: de las Reglas de Actuación y Conducta1,, del Libro II del Reglamento General de la Bolsa Nacional de Valores, ha elaborado el presente documento, que tiene como objetivo principal establecer las prácticas y políticas que en materia de conflictos de interés deben regir todas las actuaciones de la empresa.

(1) Adoptado por acuerdo de la Junta Directiva de la Bolsa Nacional de Valores, en sesión N° 14-2006, celebrada el 5 de octubre del 2006 y comunicado mediante oficio 4301 del 1 de noviembre del año en curso

I.—Fundamento jurídico y funciones de Popular Valores Puesto de Bolsa S. A.

El artículo 55 de Ley Reguladora del Mercado de Valores, cuya entrada en vigencia data de 1998, permitió al Banco Popular y de Desarrollo Comunal la constitución de un puesto de bolsa, lo que implicó la creación de Popular Valores, entidad que tiene como obligación disponer correctamente tanto del patrimonio propio como el que se le confíe, brindándole a sus clientes además de seguridad y buenos rendimientos, una asesoría profesional y una administración transparente de sus dineros con el fin de maximizar rendimientos minimizando riesgos.


 

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