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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 17/12/1982 >> Articulo 68
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 68
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Artículo 68
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   ARTÍCULO 68

    Son funciones del Consejo de Departamento de apoyo académico:

 

a. Participar en la elaboración y análisis de los planes de trabajo del Departamento

b. Analizar temas de interés departamental e institucional

c. Asesorar al Director para la toma de decisiones

d. Pronunciarse sobre los planes de superación del personal del departamento

e. Dictar y modificar sus normas internas de funcionamiento

f.     Proponer proyectos para evaluar y mejorar los servicios que presta el departamento

Inciso modificado por la Asamblea Institucional Representativa en la Sesión AIR-053-03, del 19 de marzo del 2003. (Gaceta 150)

g.  Solicitar al Tribunal Institucional Electoral, convocar a la Asamblea Plebiscitaria de Departamento, con el fin de resolver respecto a la remoción del cargo del director/a de Departamento o de Coordinador/a de unidad.

(Así reformado por el Consejo Institucional, Sesión No. 2504/7, celebrada el 15 de marzo, 2007). Gac. 220

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