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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34331 >> Fecha 29/11/2007 >> Articulo 68
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34331 - Articulo 68
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Artículo 68    (No vigente*)
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Artículo 68

Artículo 68.—Comprobante de inscripción del plano. Una vez inscrito el plano, se emitirá un comprobante de inscripción, autorizado por el registrador por los medios técnicos y tecnológicos que se dispongan, este comprobante indicará el plazo de inscripción provisional respectivo.


 

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