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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34331 >> Fecha 29/11/2007 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34331 - Articulo 3
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Artículo 3    Tipo: Transitorio    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1

    Transitorio III.—Las remisiones que se realicen en el presente reglamento a nuevas estructuras administrativas aún no establecidas, se entenderán pospuestas hasta su implementación, sin embargo, en uso de las potestades de autoorganización la administración del Registro Nacional podrá designar y delimitar competencias hasta que se efectúen tales modificaciones administrativas.

(Así adicionado por el artículo 8° del decreto ejecutivo N° 34763 del 16 de setiembre de 2008)

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