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ARTÍCULO 806.- El endoso restrictivo es aquel en que el
endosante establece una condición de esa naturaleza, por medio de frases tales como:
"sin responsabilidad", "para su cobro", "para crédito de mi
cuenta corriente", "para crédito de la cuenta corriente de...", poniendo a
continuación el nombre de una persona, u otras similares. Este endoso puede, según el
caso, limitar o modificar la responsabilidad del endosante; o bien, darle un destino
especial a los fondos que el cheque representa.
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