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 Normativa >> Ley 3284 >> Fecha 30/04/1964 >> Articulo 707
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Normativa - Ley 3284 - Articulo 707
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Artículo 707    (No vigente*)
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707

ARTÍCULO 707.- DEROGADO.

(Derogado por el artículo 9º de la ley No. 7201 del 10 de octubre de 1990)

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