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 Normativa >> Reglamento municipal 0 - A >> Fecha 08/10/1998 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 0 - A - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

 

 

REGLAMENTO SOBRE GASTOS FIJOS Y ADQUISICIÓN DE BIENES Y

SERVICIOS DE COMPETENCIA DEL ALCALDE MUNICIPAL

 

 

La Municipalidad del Cantón de Santa Cruz, de conformidad con lo que establece el inciso e) del artículo 13 de la ley 7794, del treinta de abril de mil novecientos noventa y ocho, procede a reglamentar los límites sobre los gastos fijos y adquisición de bienes y servicios de competencia del Alcalde Municipal.

 

 

Resultando:

 

 

1°—Que el artículo 170 de la Constitución Política, así como el artículo 4° del Código Municipal reconoce la autonomía política, administrativa y financiera de las Municipalidades.

2°—Que de conformidad con la normativa citada el Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz, en ejercicio de la potestad atribuida por la Constitución y la ley procede a reglamentar el inciso e) del artículo 13 de la ley 7794 del treinta de abril de mil novecientos noventa y ocho, sobre gastos fijos y la adquisición de bienes y servicios que están bajo la competencia del Alcalde Municipal.

3°—Este Concejo Municipal, en uso de las facultades que le otorga la Constitución Política y el Código Municipal,

 

 

ACUERDA:

 

 

El Alcalde Municipal podrá celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes .de la Municipalidad de Santa Cruz en ejercicio de la Municipalidad, autorizar egresos, y en general, adquirir bienes y servicios sin necesidad de previa autorización del Concejo Municipal, cuando tales actos no excedan la suma del 0,2% (cero punto dos por ciento), del monto del presupuesto ordinario correspondiente a la Municipalidad, por el período vigente a! momento de efectuarse el egreso respectivo.

Los actos que el Alcalde Municipal celebre al amparo de este Reglamento, deberán regirse por las normas y principios establecidos en la Ley de Contratación Administrativa 7494 del 2 de mayo de 1995 y su reglamento.

 

Analizado el mismo, esta Comisión recomienda al Concejo Municipal su aprobación.

 

 

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