Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34092 >> Fecha 17/10/2007 >> Articulo 2
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 2     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 34092 - Articulo 2
Ir al final de los resultados
Artículo 2
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 2°

Artículo 2°.—Es responsabilidad de la administración activa del Museo Nacional de Costa Rica, el cumplimiento del artículo Nº 6 de la Ley Nº 8131 y sus reformas, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre de 2001, así como lo dispuesto en .el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La. Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005 y sus reformas.


 

Ir al inicio de los resultados