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 Normativa >> Reglamento municipal 32 >> Fecha 10/08/1998 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 32 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE ABANGARES

MUNICIPALIDAD DE ABANGARES

 

 

Con todo respeto, me permito comunicarle que la Corporación Municipal de Abangares en el artículo 2°, capítulo IV de la sesión ordinaria N° 32-98 del día diez de agosto de 1998, acordó por mayoría calificada aprobar el Reglamento de Creación del Concejo Municipal del Distrito de Colorado. Acuerdo definitivamente aprobado.

 

 

REGLAMENTO DE CREACIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL

DEL DISTRITO DE COLORADO

 

 

Artículo 1°—En cumplimiento de las facultades que le otorga el artículo 174, párrafos cuarto y quinto la Ley N° 7794 del 30 de abril de 1998 y sus reformas, Código Municipal; el Concejo Municipal de Abangares, haciendo uso de esas atribuciones, crea el Concejo Municipal de Distrito de Colorado, y le fija las siguientes competencias que tendrá dicho Concejo.


 

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