CAPÍTULO VI
CAPÍTULO VI
De la ubicación de la población con medidas
alternativas a la prisión
Artículo 37.—Programa en
comunidad. La población que se ubica en las oficinas del programa de
Medidas Alternativas es la sometida por las autoridades jurisdiccionales por el
otorgamiento de la libertad condicional, incidente por enfermedad, suspensión
del proceso a prueba, penas alternativas, medidas de seguridad y
contravenciones.
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