(Este
decreto fue derogado por el artículo
3° del decreto ejecutivo N° 34737 del 29 de agosto de 2008)
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE
EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de la atribución conferida en el artículo 140,
inciso 18) de la Constitución Política, lo dispuesto en el artículo 59, aparte 2
de la Ley General de la Administración Pública y la Ley Orgánica del Ministerio
de Educación Pública, y,
Considerando:
I.—Que la organización administrativa
del Ministerio de Educación Pública, para el cumplimiento de su cometido, está
definida mediante la Ley Nº 3481 del 13 de enero de 1965, Ley Orgánica del
Ministerio de Educación Pública. En esta ley formal se establecen los criterios
básicos de organización, de competencias y de participación y dispone las
orientaciones y directrices para su desarrollo reglamentario.
II.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 23490-MEP del 11 de
julio de 1995, publicado en La Gaceta Nº 144 del 29 de julio de 1994, se
promulgó el “Reglamento de la Organización Administrativa de las Direcciones
Provinciales de Educación”.
III.—Que
de conformidad con el artículo 30 del Reglamento de la Organización
Administrativa de las Direcciones Provinciales de Educación, la Dirección
Provincial de Puntarenas cuenta con tres Direcciones Regionales de Educación, a
saber: Puntarenas, Aguirre y Coto.
IV.—Que dicho Decreto establece en su transitorio II que el
cantón de Buenos Aires de la provincia de Puntarenas, se adscribe a la
Dirección Regional de Educación de Pérez Zeledón, mientras no mejoren los
sistemas de comunicación entre ese cantón y la sede de su Dirección Provincial.
V.—Que el
Departamento de Planificación y Análisis Administrativo, de la División de
Planeamiento y Desarrollo Educativo, del Ministerio de Educación Pública,
realizó el análisis respectivo, para determinar la viabilidad de crear una
nueva Dirección Regional de Educación en el cantón de Buenos Aires, el cual
reflejó que los distritos de dicho cantón y del cantón de Osa están
distribuidos entre la Dirección Regional de Pérez Zeledón y la Dirección
Regional de Coto, ambas situadas a considerable distancia de estos cantones y
que el cantón de Buenos Aires ocupa el segundo lugar en población residente y
el primer lugar en área territorial de los cantones pertenecientes a las
Direcciones Regionales de Pérez Zeledón y Coto. Se concluye que la ubicación
geográfica y los altos niveles de subempleo, la influencia cultural,
indicadores sanitarios, división familiar, altos índices de pobreza, la
existencia de asentamientos indígenas, el bajo nivel académico y la deserción
escolar, podrían mitigarse con más eficiencia con la creación de una nueva
Dirección Regional de Educación en dicho cantón.
VI.—Que mediante el oficio DPDE-0570-2007, del 28 de mayo del
2007, la Directora de la División de Planeamiento y Desarrollo Educativo,
tomando en cuenta el estudio técnico de creación y los aspectos presupuestarios
involucrados, eleva a consideración de las autoridades superiores la
recomendación técnica con el aval correspondiente para que se proceda con la
creación de la nueva Dirección Regional de Educación en el cantón de Buenos
Aires de Puntarenas. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Refórmese el artículo 30 del Decreto Ejecutivo
Nº 23490-MEP del 11 de julio de 1994, para que en lo sucesivo se lea
correctamente como sigue:
La
Dirección Provincial de Puntarenas estará compuesta por las siguientes
Direcciones Regionales:
a)
Dirección
Regional de Educación de Puntarenas, con sede en Puntarenas, conformada por la
siguiente área geográfica:
|
Provincia
|
Cantón
|
Distrito
administrativo
|
|
Puntarenas
|
Puntarenas
|
Pitahaya
|
|
|
|
Chomes
|
|
|
|
Lepanto
|
|
|
|
Paquera
|
|
|
|
Manzanillo
|
|
|
|
Guacimal
|
|
|
|
Barranca
|
|
|
|
Monteverde
|
|
|
|
Cóbano
|
|
|
Esparza
|
Espíritu Santo
|
|
|
|
San Juan Grande
|
|
|
|
Macacona
|
|
|
|
San Rafael
|
|
|
|
San Jerónimo
|
|
|
Montes de Oro
|
Miramar
|
|
|
|
Unión
|
|
|
|
San Isidro
|
b)
Dirección
Regional de Educación de Aguirre, con sede en Quepos,
conformada por la siguiente área geográfica:
|
Provincia
|
Cantón
|
Distrito
administrativo
|
|
Puntarenas
|
Aguirre
|
Quepos
|
|
|
|
Savegre
|
|
|
|
Naranjito
|
|
|
Parrita
|
Parrita
|
|
|
Garabito
|
Jacó
|
|
|
|
Tárcoles
|
c)
Dirección
Regional de Educación Coto, con sede en Ciudad Neilly,
conformada por la siguiente área geográfica:
|
Provincia
|
Cantón
|
Distrito
administrativo
|
|
Puntarenas
|
Osa
|
Piedras Blancas
|
|
|
Golfito
|
Golfito
|
|
|
|
Jiménez
|
|
|
|
Gaycará
|
|
|
Coto Brus
|
San Vito
|
|
|
|
Sabalito
|
|
|
|
Agua Buena
|
|
|
|
Limoncito
|
|
|
|
Pittier
|
|
|
Corredores
|
Corredor
|
|
|
|
La Cuesta
|
|
|
|
Canoas
|
d) Dirección Regional
de Educación de Buenos Aires, con sede en Buenos Aires, conformada por la
siguiente área geográfica:
|
Provincia
|
Cantón
|
Distrito
administrativo
|
|
Puntarenas
|
Buenos Aires
|
Buenos Aires
|
|
|
|
Volcán
|
|
|
|
Potrero Grande
|
|
|
|
Boruca
|
|
|
|
Pilas
|
|
|
|
Colinas
|
|
|
|
Chánguena
|
|
|
|
Biolley
|
|
|
|
Brunca
|
|
|
Osa
|
Puerto Cortés
|
|
|
|
Palmar
|
|
|
|
Sierpe
|