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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33768 >> Fecha 06/02/2007 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33768 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º—Rige a partir de su publicación

Artículo 6º—Rige a partir de su publicación.

 

Dado en la ciudad de San José, a los seis días del mes de febrero del dos mil siete.

 

 

 

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