Artículo 4º—El costo de los servicios que genere la aplicación del
presente Reglamento, de conformidad con lo dispuesto en los
Artículo 4º—El costo de los servicios que genere la aplicación del presente
Reglamento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 y 206 de la Ley
General de
Salud; el artículo 62 de la Ley de la Promoción de la
Competencia y
Defensa Efectiva del Consumidor; el artículo 93 del Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia, deberán ser cubiertos por el interesado en
la comercialización del producto, a través de los procedimientos definidos.
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