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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33657 >> Fecha 12/03/2007 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33657 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º—La Dirección General de Servicio Civil velará por el cumplimiento de este Decreto Ejecutivo y mantendrá la coordinación debida con las Oficinas de Recursos Humanos y las Unidades de Capacitación, a fin de asesorar y suministrar materiales e i

Artículo 3º—La Dirección General de Servicio Civil velará por el cumplimiento de este Decreto Ejecutivo y mantendrá la coordinación debida con las Oficinas de Recursos Humanos y las Unidades de Capacitación, a fin de asesorar y suministrar materiales e información de utilidad para estos propósitos.


 

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