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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33507 >> Fecha 24/10/2006 >> Articulo 29
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33507 - Articulo 29
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Artículo 29    (No vigente*)
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CAPÍTULO XI

CAPÍTULO XI

 

Sanciones

 

Artículo 29.—Cuando administrativamente se presente un incumplimiento de cualesquiera de las disposiciones y prohibiciones indicadas en este Reglamento, para sancionar al patrono infractor se empleará el procedimiento establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 28578- MTSS de fecha 18 de abril de 2000 en su Transitorio IV, en relación con los puntos 1.2.2.8 al 1.3 todos de la Directriz “Manual de Procedimientos de la Inspección de Trabajo”, publicada en La Gaceta Nº 8 de 13 enero de 2004.

Cuando las sanciones sean legalmente aplicables, se deberá proceder de conformidad con lo establecido en el Capítulo X, del Título IV del Código de Trabajo.


 

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