Artículo 2º—Objeto
Artículo 2º—Objeto. El
presente Reglamento tiene por objeto establecer las condiciones de trabajo y de
salud ocupacional que deberán adoptarse en los centros de trabajo donde se
manipulan y usan agroquímicos, con el fin de proteger eficazmente la vida, la
salud y la integridad física de los trabajadores, de conformidad con las
competencias, atribuciones y facultades que otorgan los artículos 274, 283 y
294 del Código de Trabajo, y el artículo 41 del Decreto Ejecutivo Nº 13466-TSS
de fecha 24 de marzo de 1982, que es Reglamento General de los Riesgos del
Trabajo.
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