MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
MUNICIPALIDAD
DE HEREDIA
(Esta
norma fue derogada por el artículo 10 del Reglamento sobre la aprobación interna de las contrataciones de la Municipalidad del Cantón de Heredia,
aprobado en sesión N° 337 y publicado en La Gaceta N° 146 del 31 de julio del 2014)
Mediante sesión ordinaria número cincuenta y
dos-dos mil seis, celebrada el día veinte de noviembre del dos mil seis,
artículo quinto, se acuerda por unanimidad aprobar el Reglamento para la
Regulación de la aprobación Interna de las Contrataciones de la Municipalidad
del cantón central de Heredia no sujetas al Refrendo contralor, El Concejo
Municipal del cantón central de Heredia, en uso de sus atribuciones y con
sustento en lo establecido en los artículos 170 de la Constitución Política, 2,
4, párrafo 1 y literal a), 13, literal c) y 43 del Código Municipal, dicta el
presente:
REGLAMENTO PARA LA REGULACIÓN DE LA
APROBACIÓN
INTERNA DE LAS CONTRATACIONES DE LA
MUNICIPALIDAD
DEL CANTÓN CENTRAL DE HEREDIA NO SUJETAS AL
REFRENDO CONTRALOR
el cual se
regirá por las siguientes disposiciones:
Artículo 1º—Fundamento. La presente regulación reglamentaria se dicta
de acuerdo a la exigencia del artículo 10 del Reglamento sobre el Refrendo de
las Contrataciones de la Administración Pública (publicado en La Gaceta Nº
53 del 15 de marzo del 2006), el cual establece el deber de la Administración
de dictar las regulaciones que regirán el procedimiento de aprobación de
contrataciones a cargo de la unidad interna, de manera que se garantice su eficiencia.
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