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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 20469 >> Fecha 20/05/1991 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 20469 - Articulo 1
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Artículo 1
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N° 20469-G

N° 20469-G

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,

 

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 140 de la Constitución Política, en sus incisos 3) y 18) y con fundamento en la ley No 5251 del 11 de julio de 1973 y sus reformas y la ley No 6172 del 29 de noviembre de 1977,

 

Considerando:

 

1°—Que por decreto ejecutivo N° 16310-G del 16 de mayo de 1985, publicado en "La Gaceta" N° 116 del 20 de junio de 1985 se estableció la Reserva Indígena Guaymí de Osa.

 

2°—Que el decreto ejecutivo No 18508-G del 24 de agosto de 1988, publicado en "La Gaceta" No 197 del 18 de octubre de 1988, estableció los límites de dicha reserva en su artículo 2°.

 

3°—Que este mismo decreto N° 18508-G establece que la Reserva Guaymí de Osa será agregada como anexo a la Reserva Indígena Guaymí de Conteburica.

 

4°—Que la ubicación geográfica de la Reserva Indígena Guaymí de Osa, es muy distante de la Reserva Guaymí de Conteburica y de hecho se trata de una localidad diferente, que no puede ser vista como parte de Conteburica. Por tanto,

 

DECRETAN:

 

Artículo 1 °—La Reserva Indígena Guaymí de Osa, es una Reserva Independiente de cualquier otra reserva indígena y que gozará en adelante de los mismos derechos y deberes que poseen las otras reservas indígenas legalmente reconocidas.


 

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