Artículo 6º—Reportes individuales
Artículo 6. Reportes individuales.
El CIC genera tres tipos diferentes de reportes
individuales sobre la situación crediticia de una persona: el Reporte
Crediticio con información de dominio público, el Reporte para la entidad con
autorización y el Reporte para el deudor. El Reporte Crediticio con información
de dominio público contiene únicamente información de dominio público y el
reporte para la entidad con autorización contiene adicionalmente información
que no es de dominio público, pero que es susceptible de ser suministrada a las
entidades previa autorización de la persona. El reporte para el deudor contiene
toda la información del reporte para la entidad con autorización, pero puede
incluir información adicional que, a juicio de la SUGEF, puede ser de interés
exclusivo para la persona. En el Anexo se especifican las variables incluidas
en cada uno de estos reportes.
(Así reformado mediante sesión N° 1058 del 19 de agosto de 2013)
|