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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33080 >> Fecha 26/04/2006 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33080 - Articulo 28
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Artículo 28
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Artículo 28

Artículo 28.—Prestación por vejez-documentos. Los documentos probatorios recabados por el órgano administrativo serán:

 

a) Carta de solicitud de pensión dirigida a la DNP en la que se indique:

 

1. Nombre y apellidos.

 

2. Número de cédula.

 

3. Pretensión o trámite a solicitar.

 

4. Lugar de residencia.

 

5. Lugar para notificaciones.

 

6. Número de teléfono/fax/correo electrónico.

 

7. Acreditar la representación, cuando no sea el interesado directo.

 

8. Fecha.

 

9. Firma.

 

b) Fotocopia cédula por ambos lados.

 

c) En caso de que la solicitud sea firmada por un apoderado o representante, debe aportar el documento que acredita la representación.


 

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