INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL
INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA
MUNICIPAL
Tasa de interés corriente de
conformidad con lo regulado
en los artículos 57 y 58 del Código
de Normas
y Procedimientos Tributados
La Junta Directiva del Instituto de Fomento y
Asesoría Municipal, mediante acuerdo segundo, artículo tres de la sesión
extraordinaria N° 3554, celebrada a las 9:20 horas del día 20 de marzo del
2006, estableció:
“... un 22.69% para la tasa de interés corriente
a cargo del sujeto pasivo y de la administración tributaria, de conformidad con
lo regulado en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios”.
Rige a partir de su publicación.
Moravia, 28 de marzo del 2006.
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